
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una modificación clave en el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias, al incorporar de manera expresa los intereses generados por depósitos en moneda extranjera dentro del esquema vigente.
La medida fue oficializada a través de la Resolución General 5822/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, y modifica la Resolución General Nº 830, que regula el régimen de retención y de ingreso del impuesto sobre determinadas rentas.
Según establece la norma, los intereses originados por depósitos en moneda extranjera realizados por personas humanas y sucesiones indivisas en entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 pasan a quedar alcanzados por el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias, siempre que los beneficiarios sean residentes en el país y que dichas rentas no estén exentas o excluidas del gravamen.
El cambio quedó incorporado como punto 6 del inciso a) del Anexo III de la Resolución General Nº 830, lo que implica una ampliación concreta de las rentas alcanzadas por el impuesto.
En los considerandos, ARCA señaló que la decisión se enmarca en el proceso de simplificación tributaria impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional, con el objetivo de restaurar la confianza en el sistema institucional, estabilizar las variables macroeconómicas y fomentar la formalización de la actividad productiva.
En ese sentido, el organismo recordó que el Decreto Nº 353/2025 promovió acciones para reducir la presión fiscal formal y los costos administrativos, mientras que la Ley Nº 27.799 introdujo reformas al Procedimiento Tributario y al Régimen Penal Tributario, en el marco de la denominada Ley de Inocencia Fiscal, orientada a racionalizar la normativa vigente y facilitar el cumplimiento fiscal.
La resolución lleva la firma del director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, y establece que las nuevas disposiciones entran en vigencia desde este martes, a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
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