
El Gobierno nacional derogó la normativa que regulaba los aranceles de los colegios privados. Con esta medida, las instituciones ya no tendrán que informar los valores de las cuotas y la matrícula con anticipación ni depender de la autorización estatal para modificar los montos. La desregulación afecta al régimen de control que estuvo vigente por más de 30 años.
La decisión se dispuso a través del Decreto 787/2025, publicado este martes en el Boletín Oficial. La nueva normativa elimina el Decreto 2417/1993, que obligaba a los establecimientos privados a notificar a las familias el importe de la matrícula y las cuotas antes del 31 de octubre (plazo que el Ejecutivo había extendido hace poco hasta el 15 de noviembre) y a obtener el acuerdo de los padres sobre los nuevos valores.
Al argumentar la decisión, el Gobierno explicó que la normativa eliminada “presenta limitaciones y requerimientos que dificultan la adaptación” de los institutos a las realidades educativas y económicas del país. Señaló que el régimen se dictó en un contexto diferente, cuando la administración de la educación estaba bajo la órbita del gobierno nacional, una competencia que luego se transfirió a las provincias.
El Ejecutivo sostuvo que la intervención estatal en la regulación y el financiamiento de los colegios privados generó “efectos contraproducentes”. Afirmó que, al exigir la presentación de los montos de las cuotas con anticipación, se limitaba la capacidad de las instituciones de ajustarse a las fluctuaciones del mercado. La administración de Javier Milei consideró que la necesidad de obtener la autorización estatal previa creaba una situación de incertidumbre que, por temor a no cubrir costos, llevaba a los institutos a fijar cuotas más altas de lo necesario.
Esta situación, según el Gobierno, perjudicaba a las familias, quienes terminaban enfrentando aranceles más altos desde el inicio del ciclo. También argumentó que el carácter predecible y fijo de las tarifas “puede llevar a una precarización de la calidad educativa”, ya que los establecimientos no podían responder a las variaciones en los costos operativos sin la autorización correspondiente. La decisión se basa en que el principio de libre contratación debe resguardarse, permitiendo a las instituciones definir sus políticas de precios en el marco de una competencia leal.
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