
El Alto Tribunal de España desestimó una causa el pasado 10 de diciembre y los detalles del caso, que trascendieron en las últimas horas, dieron la vuelta al mundo. De acuerdo con el expediente, una mujer denunció a su ex cuñado por obligarla psicológicamente a pagar una deuda con sexo oral, pero los magistrados no lo consideraron delito por no tener “trascendencia constitucional”.
Según informó el medio ABC, la Sección Segunda de la Audiencia de Palma, presidida por Diego Gómez-Reino, determinó que” saldar un deber contraído de forma voluntaria con felaciones no se ajusta a lo estipulado en el artículo 49.1 de la Ley Orgánica”. Asimismo, los magistrados sostuvieron que la demandante se convirtió en xiribeva -trabajadora sexual- del acreedor mientras liquidaba el préstamo.
“Se trató de una relación consentida a cambio del beneficio de no pagar la deuda mientras se mantuviera”, indicaron. Y agregaron: “La reclamación de la deuda se produce después de finalizada la relación, sin que pueda admitirse que fue por ello por lo que la denunciante aceptó mantener las relaciones sexuales”.

El hecho ocurrió en 2019, cuando la mallorquina de 38 años le pidió efectivo al hermano de su ex pareja y este le depositó alrededor de 15.000 euros. A los pocos días, el hombre le propuso tener sexo oral dos o tres veces por semana.
Luego de cinco encuentros, el español de 58 años la incentivó a realizar un 69 y a mantener relaciones sexuales con penetración. No obstante, ella se negó, cortó el vínculo sin devolverle el dinero y todo terminó en manos de la Justicia.
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