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Economía

El Banco Central definió un bono para los importadores con deudas en moneda extranjera

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) confirmó este miércoles la emisión de títulos para importadores de bienes y servicios con deuda comercial pendientes de pago, que se suscribirán al tipo de cambio oficial mayorista y se pagarán en dólares con opción de rescate anticipado.

Mediante la Comunicación A 7918, la autoridad monetaria confirmó la creación de la Nota del BCRA denominada Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal), con un plazo máximo de vencimiento previsto para el 31 de octubre de 2027. Según destacó la entidad bancaria, del instrumento sólo podrán hacerse los importadores de bienes y servicios con operaciones pendientes de pago.

En el primer comunicado de la nueva gestión, los funcionarios de la autoridad monetaria habían adelantado que, “ante el récord histórico de endeudamiento comercial heredado, el BCRA se encuentra trabajando, en coordinación con la Secretaría de Comercio e Industria, para resolver la incertidumbre, asociada a los pagos y la cancelación de esta deuda con el exterior”.

La suscripción al nuevo bono será en pesos al tipo de cambio de referencia publicado por el BCRA en función de la Comunicación “A” 3500 correspondiente al día hábil previo a la fecha de licitación. La moneda de pago será en dólares y la amortización también será en la divisa estadounidense con la posibilidad de que sea “íntegra al vencimiento o con esquema de amortizaciones parciales, según se defina oportunamente”, indicaron desde el Central.

La operatoria será la siguiente: los importadores comprarán los bonos con pesos, pero, al venderlos o al vencimiento, recibirán dólares, con los que podrán ir saldando sus deudas. La cancelación anticipada, por su parte, sólo podrá ser en pesos dólar linked; es decir, en moneda nacional pero atada a la cotización y variación de la divisa estadounidense.

Respecto a la posibilidad de operar los títulos en el mercado secundario, la entidad informó que “en el anuncio de la subasta se definirá si estos instrumentos se negociarán o no en los ámbitos de BYMA/MAE, y mercados euroclearables. Al igual que si podrán o no ser utilizadas como colaterales para operaciones de REPO”.

Asimismo, se podrá considerar “la alternativa de incluir cláusulas de rescate anticipado en favor de los Titulares. En ese caso, de manera simultánea a la licitación del título se incluirán derechos de rescate sobre dichos instrumentos en los plazos y en las proporciones que defina oportunamente el BCRA”.

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