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Argentina

El Gobierno achicó los topes de ingresos para recibir asignaciones familiares

El Gobierno redujo los topes de ingresos para poder cobrar las asignaciones familiares y además determinó que las actualizaciones no estarán atadas al piso del Impuesto a las Ganancias. Fue a través del decreto 194/2024 que se publicó este lunes en el Boletín Oficial.

Es así que el Ejecutivo avanzó con las modificaciones a la Ley 27.160 de Asignaciones Familiares estableciendo que “la movilidad se aplicará al monto de las asignaciones familiares y a la actualización de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro, en los casos en que corresponde su utilización”.

Durante la presidencia de Alberto Fernández se había determinado que el tope de ingresos de las Asignaciones Familiares estaría igualado con el piso del Impuesto a las Ganancias, por lo que “ante cada actualización que tenga el piso por el cual se comienza a tributar el Impuesto a las Ganancias, también se actualizará el tope hasta el cual se perciben las Asignaciones Familiares”, se había indicado en su momento.

Los cambios introducidos producen una reducción notoria de los topes de ingresos, pasando de $1.980.000 a $1.077.403 en el caso del límite individual, mientras que para el tope máximo familiar, la merma es de $3.960.000 a $2.154.806.

En el documento oficial se especificó que el nuevo límite de ingresos “comprende la actualización prevista en la Ley N°27.160 y sus modificaciones, en concepto de la movilidad que resulte corresponder para el mensual marzo de 2024″.

“El nuevo límite de ingresos del grupo familiar que determina el cobro de las Asignaciones Familiares se calculó al aplicar la movilidad correspondiente al mes de diciembre de 2023 y la establecida para el mes de marzo de 2024 sobre el valor correspondiente al mes de septiembre de 2023”.

El decreto también derogó el artículo 6° de la ley 27.160 que no permitía a un mismo titular recibir prestaciones del régimen de asignaciones familiares y a la vez aplicar la deducción especial por hijo o cónyuge prevista en el Impuesto a las Ganancias.

En los considerandos del decreto se explicó que “la presente medida tiene por objeto implementar una equitativa distribución de los recursos sobre la base del principio cardinal de solidaridad social en atención al uso racional, eficaz y eficiente de los recursos públicos”.

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