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El Gobierno estableció cómo se informarán los resultados de los autotests que se comprarán en farmacias

El Boletín Oficial de este martes incluyó la Resolución 28/2022, en la que se establece cómo se regulará la venta y utilización de los autotest de COVID-19, que se venderán en las farmacias y bajo el compromiso por parte del usuario de informar el resultado una vez realizada la prueba. 

 

Con la firma de la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzottii, se indica que el usuario deberá comunicar si el examen da positivo o negativo. El llamado “Procedimiento para el reporte del uso y notificación del resultado de los test individuales de autoevaluación para la detección del SARS-CoV-2 (COVID-19)” señala que se hará “de forma individualizada (atento al código de barra de cada empaque) una vez abierto dentro de las 24 hs. de realizado el mismo, y dentro de los 7 días de adquiridos cuando no hubieran sido utilizados”.

 

Si el autotest fue adquirido en una farmacia adherida al protocolo sanitario nacional, el reporte del resultado se deberá dar a la misma, de forma presencial o telefónica, a través de una página web o por otros medios que puedan desarrollarse. En tanto, si la prueba fue adquirida y/o utilizada por una institución pública o privada, éstas deberán designar a una referente de la salud responsable del reporte de uso, e informar el destino y los resultados al lugar de adquisición o en su defecto a las autoridades sanitarias de su jurisdicción.

En ambos casos, quienes provean las pruebas serán los encargados de cargar los resultados en el Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS), indicando algunos datos personales de quien se hizo el autodiagnóstico, como su nombre y apellido; sexo legal; fecha de nacimiento; tipo y número de documento; domicilio completo, y teléfono de contacto. Si el farmacéutico no recibe el informe de parte del comprador debe informar de esa situación a la autoridad sanitaria jurisdiccional.

 

Los casos positivos serán integrados al sistema del SNVS como “probables”, mientras que los negativos serán considerados como “negativo, sin clasificar”. Sin embargo, “dado el contexto epidemiológico, las jurisdicciones, en acuerdo con la autoridad sanitaria nacional, podrán considerar como casos confirmados” de coronavirus a aquellas personas “cuyo test de autoevaluación para la detección del SARS-CoV-2 (COVID-19) hayan resultado positivo”.

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