El caso estaba centrado en el mecanismo de comparación de precios de Google, en el que favorecía su propia herramienta – Google Shopping– sobre otras firmas en la presentación de los resultados, violando de esa forma la normativa europea sobre competencia.Así, el Tribunal General reconoció la “naturaleza anticompetitiva” de esa práctica, consideró que producía “efectos dañinos” en el mercado y rechazó los argumentos de Google para justificar su conducta. Por eso, “concluye su análisis considerando que el valor de la multa pecuniaria impuesta a Google debe ser confirmada”.Sin dejar a dudas, el Tribunal informó que descartó “la mayor parte de la acción presentada por las dos empresas, y mantiene la multa impuesta por la Comisión Europea“.
Por su parte, un portavoz de la división europea de Google apuntó en un escueto comunicado que “revisaría cuidadosamente” el fallo. La apelación a la multa había sido presentada por Google y una empresa asociada, Alphabet.
El gigante tecnológico recordó que había introducido cambios al mecanismo de comparación de precios “en 2017 para cumplir con la decisión de la Comisión Europea. Nuestro abordaje ha funcionado exitosamente por más de tres años”.
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