
El Juzgado Federal de Campana ordenó este viernes al Poder Ejecutivo implementar de manera inmediata la Ley de Emergencia en Discapacidad, sancionada en septiembre pasado tras el rechazo legislativo al veto presidencial y promulgada por el propio Gobierno, pero cuya aplicación había sido suspendida hasta que el Congreso definiera “fuentes específicas para su financiamiento”.
En medio de las protestas del sector por la falta de recursos, el juez Adrián González Charvay hizo lugar a un amparo colectivo y declaró inválido el artículo 2 del Decreto 681/2025, que instaba al Parlamento a incluir partidas presupuestarias para la ejecución de la norma. Según el magistrado, esa cláusula “violenta de manera objetiva y directa el mandato constitucional de promulgación”.
González Charvay señaló que, al suspender una ley ya vigente, el Ejecutivo “excede de manera manifiesta las facultades que la Constitución le confiere”, y remarcó que la medida implicó “una clara transgresión al principio de legalidad” y una subordinación inconstitucional de una norma superior a un decreto.
El fallo también marcó que “nada obsta para que la Jefatura de Gabinete utilice el mecanismo de financiamiento previsto en la Ley 27.793 y reoriente fondos, como ha hecho en múltiples ocasiones”, y advirtió que lo contrario constituiría “un manejo selectivo y discriminatorio de los recursos públicos”.
Para el juez, las consecuencias de la suspensión son evidentes: “No es un conflicto hipotético, sino un perjuicio concreto y directo que amenaza la salud, el bienestar y la calidad de vida de las personas que reciben prestaciones de discapacidad”, señaló.
La demanda colectiva aceptada fue presentada por padres de menores con Certificado Único de Discapacidad y contó con el acompañamiento de asociaciones civiles, prestadores y familiares que vienen denunciando la falta de fondos para garantizar los tratamientos y servicios esenciales.
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