Tras el vencimiento del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), la provincia comunicó cómo seguirá la situación en el territorio santafesino hasta el 23 de julio. En el documento firmado por Omar Perotti, dieron a conocer que vuelven a abrir cines, teatros y museos. Asimismo, los bares y restaurantes podrán abrir hasta las 23 durante los fines de semana.
Cines, teatros y museos
- Los cines, teatros y museos podrán abrir sus puertas con un aforo del 30% para respetar el distanciamiento social.
Comercios
- La actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, continuará hasta las 19 horas.
- El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del 30%.
- Fuera del horario indicado, solo podrán realizar actividad comercial a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos.
Locales gastronómicos
- Los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 06hs y las 21hs, con un aforo máximo del 30% de lunes a viernes.
- Durante los fines de semana -sábado y domingo- podrán atender hasta las 23.
Restricción a la circulación
- En todo el territorio provincial queda autorizada la circulación vehicular en la vía pública, desde las 06 hs hasta las 20 hs.
- A partir de las 20 hs y hasta las 06 hs del día siguiente sólo se permitirá la circulación de quienes realicen actividades esenciales.
Quedan exceptuados de la restricción quienes cumplan con su actividad laboral o aquellos que estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas).
Actividades recreativas
- Sigue prohibida la practica de deportes grupales de contacto -aire libre o espacios cerrados- y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales no habilitadas por la Nación.
de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales. - Gimnasios, clubes, natatorios y establecimientos afines pueden abrir sus puertas bajo modalidad de entrenamiento. No deberán superar las 10 personas.
Pesca recreativa y deportiva
- La pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados, ocupando en éste último caso un máximo del cincuenta por ciento (50 %) de la capacidad de transporte de personas habilitada para la embarcación por las autoridades competentes.
- Navegación recreativa o deportiva, en cualquier tipo de embarcación.
Casinos
- Podrán abrir cumplimentando las reglas de prevención en el horario de 10 a 23 horas los días viernes y sábado.
- Los días de semana deberán cerrar sus puertas a las 21 horas.
Reuniones sociales
- Se prohíben domicilios particulares, salvo para el grupo conviviente y para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
- En espacios al aire libre, solo podrán ser 10 participantes.
Actividades religiosas
- Continúan autorizadas las actividades religiosas sujetas a la condición de implementación y cumplimiento de los protocolos específicos oportunamente aprobados, con un aforo del 30% y manteniendo la distancia mínima de 2 metros y el uso de barbijo en todo momento.
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