Dólar

Dólar Oficial:$890 / $890
Dólar Blue:$995 / $1015
Dólar Bolsa:$1024.3 / $1026.3
Dólar Contado con liquidación:$1056.3 / $1062
Dólar Mayorista:$868.5 / $871.5
Argentina

Que diferencia hay entre asueto y feriado

El Gobierno nacional dio a conocer el decreto que confrimó que hay asueto los días 23 y 30 de diciembre, por las fiestas de fin de año. A partir de eso se multiplicaron las dudas respecto de quienes deben concurrir a trabajar y quienes podrán disfrutar de un día libre.

A través del decreto 820/2022, publicado  en el Boletín Oficial, el gobierno de Alberto Fernández fijó la medida que regirá para personal de la Administración Pública Nacional los días viernes 23 y 30, antesala de Navidad y Año Nuevo. Es decir, sólo quedarán alcanzados los empleados públicos de oficinas nacionales y cada provincia deberá definir si hace o no lo propio.

Por otro lado, la misma medida incluyó en uno de los artículos que no están alcanzadas las instituciones bancarias ni las entidades financieras, con lo que esos trabajadores y trabajadoras no quedaron alcanzados por el asueto.

Si bien en la práctica parece que un feriado es lo mismo que un día de asueto, no lo son.

Un asueto o día no laborable se paga como cualquier otro día normal independientemente de si se trabaje o no. A su vez, tampoco están obligados a acatar la medida las empresas o entidades no alcanzadas por la medida.

Mientras tanto, un feriado si es obligatorio para el empleador y por ley está obligado a abonar el doble del salario diario por cada día. El Gobierno los establece antes de fin de año con un calendario anticipado.

Se trata de dos cuestiones que están previstas en la Ley de Contratos de Trabajo N° 20744, en los artículos 166 y 167.

 

Comentarios

5