
La Legislatura de Santa Fe aprobó este jueves por unanimidad la ley que declara la emergencia hídrica en todo el territorio provincial hasta el 30 de abril de 2027, ante la posible continuidad del fenómeno de El Niño. La medida contempla además una eventual prórroga de seis meses si persisten las condiciones que motivaron la declaración.
La norma establece un régimen de excepción destinado a agilizar la respuesta del Estado frente a posibles lluvias intensas, crecidas y excesos hídricos. Entre sus principales objetivos se encuentra acelerar la ejecución de obras y contrataciones para prevenir, aliviar y mitigar los efectos de eventuales inundaciones.
El proyecto había obtenido media sanción del Senado la semana pasada y finalmente fue convertido en ley por la Cámara de Diputados. Si bien durante el debate hubo cuestionamientos y diferencias entre oficialismo y oposición, todos los bloques acompañaron la iniciativa.
Qué obras contempla la emergencia hídrica
La ley amplía las facultades del Poder Ejecutivo para disponer medidas de prevención y atención inmediata, además de habilitar asistencia a municipios que atraviesen situaciones derivadas de la emergencia.
Entre las intervenciones previstas aparecen la limpieza de canales, construcción de terraplenes y defensas, alteos, canalizaciones, lagunas de retardo y endicamientos de cursos de agua. También podrán realizarse trabajos sobre caminos rurales, vías de comunicación y accesos terrestres.
El régimen establece procedimientos especiales y urgentes para contratar bienes, servicios, equipamiento y obras de infraestructura vinculadas con la emergencia. En casos donde exista un único proveedor y la urgencia lo justifique, la normativa permite realizar contrataciones directas.
Además, el Ministerio de Obras Públicas podrá otorgar subsidios y aportes no reintegrables a municipios y comités de cuenca para financiar obras, maquinaria y equipamiento destinados a reducir los riesgos hídricos.
Fondo de Emergencia Hídrica
La nueva ley crea también el Fondo de Emergencia Hídrica, que estará compuesto por partidas presupuestarias, aportes del Tesoro Nacional y otros recursos destinados a atender las consecuencias de la emergencia.
La normativa contempla, además, la posibilidad de establecer restricciones transitorias sobre bienes privados cuando sean necesarias para ejecutar obras destinadas a proteger a la población, garantizar la seguridad o restablecer vías de comunicación.
También declara de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles ubicados en zonas donde se desarrollen obras vinculadas con la emergencia o en sus inmediaciones, cuando resulten necesarios para llevar adelante los proyectos.
El Niño, el factor que impulsó la medida
La declaración de emergencia se fundamenta en informes del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) sobre la continuidad de la fase cálida del fenómeno de El Niño. De acuerdo con los fundamentos de la iniciativa, los modelos meteorológicos señalaban una probabilidad cercana al 100% de continuidad durante el trimestre julio-agosto-septiembre de 2026.
El Ejecutivo también advirtió sobre un posible aumento de la intensidad del fenómeno hacia la primavera y el riesgo de precipitaciones superiores a los valores normales.
Durante el debate, legisladores recordaron antecedentes de episodios de El Niño que provocaron evacuaciones y situaciones de emergencia en distintas zonas de Santa Fe.
Seguimiento de la emergencia
La ley crea una Comisión Bicameral de Seguimiento, integrada por tres diputados y tres senadores. El organismo tendrá a su cargo controlar la implementación de la emergencia, el uso del Fondo de Emergencia Hídrica, las obras, las contrataciones y los recursos destinados a los gobiernos locales.
El régimen tendrá vigencia hasta el 30 de abril de 2027 y podrá extenderse por otros seis meses si continúan las condiciones que dieron origen a la emergencia.
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