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Economía

Se renueva el cupo del dólar ahorro: quiénes no pueden comprar

Luego de un largo agosto, en septiembre se reabre el cupo de 200 dólares mensuales en compras de divisas para atesoramiento que permite la normativa cambiaria a las personas que se encuentren libres de varias restricciones. 

Quienes recurren al dólar ahorro se encuentran con un tipo de cambio del 22 por ciento más caro que en los primeros días de agosto luego de una devaluación del billete en el mercado mayorista y con el precio fijado hasta las Elecciones Generales que se llevarán a cabo en octubre. 

Luego de esta devaluación, el dólar ahorro subió su cotización a $641,60, cerca de 95 pesos por debajo del precio de la divisa en el mercado paralelo. Entre las opciones bursátiles, su valor es de 30 pesos más bajo que el MEP que se encuentra en $670,83 y $140 que el Contado con Liqui.

QUIÉNES NO PUEDEN COMPRAR

La larga lista de excluidos de esta opción que publica el Banco Central es la siguiente:

* No contar con capacidad económica suficiente para operar en el mercado de cambios -según los parámetros establecidos por la propia entidad con la que se opera.

* Exceder el cupo mensual de US$100 por mes para adquisiciones en efectivo, que integra el cupo total de US$200.

* Haber solicitado mantener los subsidios en las tarifas de servicios (gas natural, energía eléctrica o agua potable).

* Haber recibido beneficios ATP -para personas con actividad comercial o personas empleadas cuyas empresas lo hayan recibido-.

(Tener en cuenta que, si el empleador/a obtuvo el beneficio de ATP, la restricción se encuentra vigente, aunque ya no se perciba o el préstamo haya sido devuelto).

* Las causales vinculadas con créditos y refinanciaciones se refieren a todo el sistema y no solo a una entidad. Por eso, se debe verificar la situación tanto en la entidad con la que se quiere operar como en el resto de las entidades.

* Haber realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de US$ 200 o mayor al cupo (tener en cuenta que al superar el cupo no se podrá acceder a la compra de moneda extranjera hasta que trascurran los meses para compensar el cupo mensual US$200).

* Tener refinanciación de cuotas en las tarjetas de crédito.

* Tener préstamos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciación.

* Haber recibido subsidios IFE (según información suministrada por la ANSES).

* Haber recibido subsidios del PAMI.

* Haber sido inhabilitado/a mediante las comunicaciones C del Banco Central, que informan quiénes fueron las personas suspendidas para operar en el mercado de cambios.

* Haber realizado operaciones con títulos valores (CEDEARs, por ejemplo).

* No tener dado de alta número de CUIT, es decir que no existe información tributaria de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

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