
La defensa de Lucas Pertossi solicitó su excarcelación en el marco de la causa por el crimen de Fernando Báez Sosa, ocurrido en enero de 2020 en Villa Gesell. El pedido fue presentado ante el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 1 de Dolores, donde el joven fue condenado a 15 años de prisión como partícipe necesario del homicidio.
El planteo fue realizado por su abogado, Ignacio Nolfi, quien cuestionó la duración de la prisión preventiva, al considerar que resulta “excesiva” tras más de seis años de detención, y pidió que se evalúe una medida alternativa como arresto domiciliario, monitoreo electrónico o presentaciones periódicas.
Desde la defensa fueron categóricos: “La prisión preventiva no puede ser entendida como una forma de adelanto de pena”, al tiempo que sostuvieron que la medida debe ser excepcional y provisoria.
El pedido se da en una etapa clave del proceso, ya que el juicio oral ya se realizó y actualmente la causa se encuentra en instancia de revisión, a la espera de definiciones en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En ese sentido, la defensa argumentó que ya no existen riesgos procesales que justifiquen la detención: “La investigación se encuentra completamente concluida”, señalaron, remarcando que no hay posibilidad de entorpecer la causa.
Además, insistieron en que la continuidad de la medida vulnera garantías constitucionales: “La continuidad de la prisión preventiva tiende a equiparar en los hechos los efectos de la medida cautelar con los de la ejecución de una pena”.
Uno de los ejes centrales del pedido es el tiempo transcurrido desde la detención. Pertossi está preso desde el 18 de enero de 2020, lo que, según la defensa, excede el “plazo razonable” previsto en normas constitucionales y tratados internacionales.
También destacaron su comportamiento durante el encierro: sin sanciones disciplinarias, con participación en actividades educativas y el inicio de estudios universitarios en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de La Plata.
Sobre los riesgos de fuga, sostuvieron que estos se fueron debilitando con el tiempo: “Los peligros procesales que pudieron haber justificado la medida en las etapas iniciales estarían debilitados con el transcurso del tiempo”.

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