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Economía

El Gobierno flexibilizó requisitos para vender autopartes y neumáticos

La medida responde a planteos realizados por empresas del sector y modifica aspectos clave vinculados a la trazabilidad y fiscalización de componentes vehiculares.

El Gobierno nacional introdujo modificaciones en el sistema de control e identificación de autopartes y neumáticos, con el objetivo de facilitar la implementación del régimen de trazabilidad que comenzó a regir en 2025 para componentes de seguridad vehicular.

La medida fue oficializada este martes a través de una resolución de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial.

El sistema vigente obliga a fabricantes e importadores a incorporar códigos QR en autopartes de seguridad para que consumidores y organismos de control puedan acceder a información detallada sobre cada producto. Entre los datos disponibles figuran el fabricante, la marca, el modelo, el origen, el número de certificación y el organismo certificador correspondiente.

Según explicaron desde el Gobierno, durante la puesta en marcha del régimen se recibieron observaciones por parte de cámaras empresarias del sector automotor y autopartista vinculadas a dificultades operativas para cumplir con algunos de los requisitos establecidos originalmente.

Excepciones para neumáticos

Uno de los principales cambios introducidos por la nueva resolución contempla una excepción para los neumáticos. En aquellos casos donde resulte imposible colocar el código QR directamente sobre el producto o en su envase primario, la información podrá ofrecerse mediante un código visible en el punto de venta o de entrega.

Además, cuando la comercialización se realice a través de plataformas digitales o canales de venta a distancia, los consumidores deberán tener acceso a la información antes de concretar la compra mediante un enlace visible.

Más tiempo para adecuar el stock

Otro de los puntos destacados de la norma es la creación de un período de transición para los productos ya existentes en el mercado.

Las autopartes y elementos de seguridad fabricados o importados antes de la entrada en vigencia del régimen podrán seguir comercializándose hasta el 1 de septiembre de 2026, siempre que cumplan con la normativa vigente al momento de su fabricación o importación.

Una vez cumplido ese plazo, todos los productos alcanzados por la regulación deberán adecuarse a las nuevas exigencias de identificación y trazabilidad.

Desde el Ministerio de Economía señalaron que las modificaciones apuntan a mejorar la aplicación práctica del sistema, fortalecer los mecanismos de control y garantizar que tanto los consumidores como las autoridades de fiscalización puedan acceder a información precisa sobre los productos comercializados en el mercado.

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