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Acuerdo con aliados

Ley de Tierras: uno por uno, los cambios clave que habilitaron el debate en el Senado

El oficialismo introdujo modificaciones para reunir los votos necesarios en la Cámara alta. Entre ellas, fijó un nuevo límite a la propiedad extranjera de tierras rurales y precisó las reglas sobre expropiaciones y zonas de frontera

El Senado debatirá el proyecto de Ley de Tierras este Jueves
El Senado debatirá el proyecto de Ley de Tierras este Jueves

El oficialismo llevará este jueves al Senado el debate de la reforma de la Ley de Tierras, con la intención de conseguir la media sanción de un proyecto que sufrió modificaciones durante las negociaciones con bloques aliados. Los cambios introducidos apuntan a reunir los votos necesarios para avanzar con una iniciativa que modifica las reglas para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros y redefine competencias entre la Nación y las provincias.

Uno de los puntos centrales de la nueva versión es la decisión de mantener un límite a la propiedad de tierras rurales en manos extranjeras, aunque con un porcentaje superior al vigente. El texto acordado fija el tope en el 25% de la superficie rural, frente al 15% establecido por la legislación actual. De esta manera, el Gobierno retrocedió respecto de su propuesta inicial, que contemplaba eliminar por completo esa restricción.

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El proyecto también incorpora nuevos requisitos para las operaciones de compra. Las adquisiciones realizadas por personas o empresas extranjeras deberán quedar registradas en los organismos inmobiliarios provinciales, con identificación de la nacionalidad del comprador. En los casos en que intervengan compañías con participación estatal extranjera, además, será necesaria una autorización tanto del gobierno provincial correspondiente como del Poder Ejecutivo nacional.

Otro de los cambios relevantes fortalece el papel de las provincias. El nuevo texto reconoce que, en línea con la Constitución Nacional, serán las jurisdicciones provinciales las que podrán autorizar, regular o incluso impedir la venta de tierras a extranjeros dentro de sus territorios. La iniciativa ratifica que las provincias conservan el dominio originario de los recursos naturales y la potestad de dictar la normativa aplicable en esa materia.

No obstante, el Gobierno nacional conservará facultades en cuestiones vinculadas a la defensa y la seguridad. En ese sentido, las operaciones sobre inmuebles rurales ubicados en zonas de frontera seguirán requiriendo la intervención del Poder Ejecutivo Nacional, además del visto bueno de la provincia correspondiente, para garantizar el resguardo de áreas consideradas estratégicas.

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Cambios en el régimen de expropiaciones

La propuesta también introduce precisiones sobre el mecanismo de expropiación. El texto establece que podrán ser expropiados aquellos bienes considerados necesarios para satisfacer una finalidad de utilidad pública, aunque aclara que esa declaración deberá interpretarse de manera restrictiva y especificar con claridad el objetivo perseguido.

Además, fija que toda expropiación deberá cumplir con criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, evitando un uso amplio de esa herramienta.

En relación con las compensaciones económicas, el proyecto dispone que la indemnización deberá contemplar el valor objetivo del bien (tomando como referencia el precio de mercado cuando pueda determinarse) junto con los daños que deriven de manera directa e inmediata de la expropiación.

También incorpora el reconocimiento del lucro cesante, aunque establece un límite: esa compensación no podrá superar el 30% del daño emergente, salvo que el propietario afectado logre acreditar una pérdida superior. Con estas modificaciones, el oficialismo buscará reunir los respaldos necesarios para que la reforma obtenga la media sanción en el Senado.

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