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Uruguay reglamentó la eutanasia y reaviva el debate en la región

Florencia Pírez Carballo, fundadora de la ONG Empatía Uruguay expresó que el país habilitó el procedimiento con requisitos estrictos y controles sanitarios para casos irreversibles.

En un marco en donde la eutanasia fue foco de las controversias en los últimos meses a nivel global, el tema vuelve a resonar en Latinoamérica. En Uruguay entró en vigor la reglamentación de la Ley de Eutanasia, habilitando el procedimiento legal bajo un estricto control medico y garantías para pacientes incurables e irreversibles. El decreto fue firmado por Yamandú Orsi, el Presidente de Uruguay, que establece que la decisión tiene que ser libre, consiente e informada en un proceso supervisado por el sistema de salud.

Florencia Pírez Carballo, fundadora de la ONG Empatía Uruguay, informó en el programa Todo Pasa en la Radio Boing 97.3 que esta ley es para toda aquella persona mayor de edad y con enfermedades irreversibles e incurables. Sumado a esto, todo individuo que solicite la Eutanasia, debe ser residente o ciudadanos de Uruguay.

En este contexto, todos los casos deben tener una patología que conlleve una dificultad para tener una buena calidad de vida o genere un deterioro significativo en la salud, ya sea física o mental. De esta manera, todo aquel que cumpla estos requisitos está habilitada al derecho de pedido del cumplimiento del decreto.

Pírez explica que la reglamentación en España, la cual le permitió a Noelia Castillo obtener este proceso, tiene diferencias a la ley de Uruguay. El procedimiento del país del Cono Sur es largo, por lo que tienen que atravesar numerosas instancias legales. Asimismo, el paciente debe ser observado por más de un médico que esté al tanto de la patología que tenga el paciente.

Una etapa legal indispensable, es que la situación psicológica del individuo que solicita el procedimiento, está planteada y esclarecida desde el primer momento. Este proceso puede ser negado por el solicitante hasta último momento por un cambio de decisión.  De todos modos, la aplicación de la eutanasia no es un procedimiento inmediato, puede tardar entre meses y años desde que es aprobado el tratamiento.

Por otra parte, las personas que deciden rechazar tratamientos médicos luego de la detección de alguna patología, por motivos de no querer invadir sus organismos con químicos y medicamentos, no son aptos de recibir la eutanasia. El artículo dos del decreto especifica que “solo aquellos que transiten una enfermedad sin cura o irreversible”. Además, al que solicite el medicamento, todos los actores intervinientes en la situación, como los médicos, tienen la obligación de presentarle la opción de cuidados paliativos y tiene accesos a aquellos.

La fundadora de Empatía Uruguay dictaminó, “es una modalidad mixta, se buscaron factores de leyes de otros países pero está adaptada a las necesidades de los uruguayos y para que el Estado, que siempre fue presente, pueda ofrecer todas las garantías”. Al ser una decisión libre, consiente e informada, las familias no pueden interponerse pero son necesarios que el paciente tenga dos testigos que avale la determinación para que se le apruebe el tratamiento.

En la ley está establecido el protocolo del proceso de la muerte,  el cual consiste en que los profesionales de la salud preparen al paciente, en el lugar que elija la persona, con toda la medicación enviada. El primer paso es la inducción al coma, posteriormente el médico debe corroborar que no tenga los reflejos y que no exista respuesta a estímulos dolorosos. Consecutivamente se le bloquea lo neuromuscular, luego de eso se debe ver que no tenga sensibilidad cardíaca que puede durar unos minutos.

Al finalizar ese proceso, el profesional debe quedarse a un lado hasta acreditar la muerte clínica y ratificarla en los registros. Los acompañantes deben estar autorizados por el paciente para estar presentes.

El debate en Uruguay se dio en un ámbito de militancia política y Florencia Pírez dijo que era necesario que sea un debate público. La presentación del proyecto se presentó en la gestión anterior pero se terminó aprobando en el 2026. “Me parecía que era algo que el país necesitaba y las personas que están viviendo este proceso, también da una garantía legal”, fue la declaración de la fundadora de la ONG.

En el caso de los menores de edad que poseen algún tipo de patología, no pueden acudir a esta decisión porque por más que son individuos sujetos a la libertad no tienen la capacidad de elección sobre su situación médica. En esta situación tendría que decidir un tercero, lo que iría en contra de la ley.

 

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