La jueza María Eugenia Capuchetti rechazó tomar la investigación por la muerte de Emmily Rodrigues, la joven que perdió la vida tras caer seis pisos al vacío desde el departamento del empresario Francisco Sáenz Valiente, en una presunta fiesta con consumo de drogas.
De este modo, la causa regresa a su juzgado original, el N°31 en el fuero de instrucción porteño. “Una vez recibidas las actuaciones en este Tribunal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 196 del ordenamiento ritual, se delegó su instrucción ante la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 1″, aseveró la jueza en el texto, en referencia a la dependencia conducida por el fiscal Carlos Rívolo.
“Así, su titular entendió que correspondía rechazar la competencia atribuida a este fuero toda vez que “el encuadre jurídico que fundamentaría la decisión que envía el caso a nuestro conocimiento, ya no es competencia de “este fuero de excepción”, siendo que este fuero federal es materialmente incompetente “para investigar situación fácticas vinculadas al suministro gratuito de estupefacientes”, continuó.
La clave de la decisión, indicaron, se debe a una norma que establece que la entrega de estupefacientes para consumo es de “competencia provincial”, o, en este caso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Capuchetti, por otra parte, coincidió con el fiscal Rívolo en otro punto: falta investigar varios aspectos en la causa, algo que, según su criterio, debería realizar el juzgado original.
“Finalmente, también habré de compartir el carácter prematuro asignado por el Sr. Fiscal a la declinatoria en trato, pues tal como lo indicó la Sala VI de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, restan realizar una serie de diligencias que allí se encomendaron a la primera instancia para esclarecer los hechos investigados y que tienen directa incidencia sobre la competencia material debatida”, afirmó.
“Entre estas, se encomendó: requerir la grabación completa de la segunda llamada realizada por el imputado al 911, la realización de un peritaje toxicológico y psiquiátrico en base a la cantidad y tipo de estupefacientes y alcohol que se hallaron en el organismo de la víctima para dictaminar sus posibles efectos del consumo; y la reconstrucción del hecho junto con un peritaje criminalístico que establezca la posible mecánica del evento”, siguió.
“Dichas diligencias no fueron materializadas por el juzgado preventor que devuelta la causa se declaró incompetente, siendo las mismas fundamentales a los fines aquí discutidos, pues la misma Alzada indicó que podrían “variar la hipótesis que aquí se dio por reconstruida””, citó Capuchetti.
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