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Cuáles son los cambios que rigen con el nuevo sistema de indemnizaciones

Con la publicación en el Boletín Oficial, entró en vigencia el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), para financiar el pago de los despidos del sector privado.

La medida fue oficializada este lunes mediante el Decreto 408/2026, publicado en el Boletín Oficial. La normativa establece las pautas de funcionamiento del régimen, los mecanismos de recaudación de aportes y los procedimientos que deberán seguirse para efectuar los pagos a los trabajadores alcanzados.

Según se detalla en el texto, el nuevo esquema estará destinado a empleadores del sector privado, con excepción de las actividades expresamente excluidas por la ley y de las relaciones laborales correspondientes al sector público.

El decreto dispone que los Fondos de Asistencia Laboral podrán instrumentarse a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la CNV, entre ellos fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. El objetivo es garantizar que los recursos tengan una afectación específica y cuenten con mecanismos adecuados de control y supervisión.

La reglamentación también asigna a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la responsabilidad de recaudar y transferir las contribuciones al sistema. Para ello, cada empleador deberá informar un identificador denominado “ID FAL”, que permitirá direccionar correctamente los aportes al fondo correspondiente.

Respecto del pago de las indemnizaciones, la norma establece que una vez presentada la documentación requerida, la entidad administradora deberá transferir los fondos al trabajador dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles.

Otro de los aspectos centrales del régimen es que los recursos acumulados sólo podrán invertirse en instrumentos financieros emitidos y negociados en la Argentina, una condición que busca canalizar esos fondos hacia la inversión productiva local.

Asimismo, la reglamentación fija que los trabajadores deberán estar debidamente registrados y contar con una antigüedad mínima de doce meses para acceder a la cobertura plena del sistema.

Pese a la publicación del decreto, el esquema no entrará en funcionamiento de manera inmediata. El Poder Ejecutivo decidió postergar su puesta en marcha hasta el 1° de noviembre de 2026, plazo durante el cual la Secretaría de Trabajo, la CNV, ARCA y la Secretaría de Finanzas deberán dictar las normas complementarias necesarias para su implementación.

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