
A través de una resolución que marca un antes y un después en la justicia penal argentina, el Tribunal en lo Criminal Nº4 de Morón condenó a Orlando Novillo a la pena de 20 años de prisión. El fallo es considerado histórico porque ratifica que puede existir abuso sexual con acceso carnal aun cuando no haya proximidad física entre el atacante y la víctima.
Un cautiverio psicológico y digital
Novillo, quien ya se encontraba cumpliendo una pena en el penal de Florencio Varela, desplegó durante tres años un esquema de manipulación psicopática contra una niña que hoy tiene 15 años. Según los fiscales Claudio Oviedo y Marisa Monti, el imputado utilizaba perfiles falsos en Instagram y Facebook para captar a menores, fingiendo ser un adolescente.
El tribunal, integrado por los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez, desestimó los planteos de la defensa y subrayó que el agresor tuvo en todo momento el “gobierno” de las acciones de la víctima. Para los magistrados:
“El acto de índole sexual fue efectuado por la víctima en su propio cuerpo a partir de precisas y lesivas exigencias coactivas desarrolladas por el imputado”.
Extorsión y estafa desde la cárcel
La investigación reveló que el calvario de la menor comenzó en 2020 bajo la promesa de una campaña de modelaje. Una vez que Novillo obtuvo material íntimo, comenzó una etapa de extorsión sistemática.
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Explotación económica: La víctima fue obligada a entregar datos de las tarjetas de crédito de sus padres, realizando al menos 120 compras y transferencias por un monto superior a los 350.000 pesos.
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Violencia digital: El condenado exigía videollamadas de contenido explícito bajo la amenaza de difundir el material a sus allegados.
El fin del calvario
El caso salió a la luz en febrero de 2023, cuando la menor, atrapada en lo que los peritos definieron como un “secuestro emocional”, logró confiar en su profesora de danza. Una transferencia de dinero sospechosa fue el hilo conductor que permitió a los padres y a la justicia intervenir.
Hernán Navarro, presidente de Grooming Argentina, destacó la trascendencia del fallo: “Es un hito que viene a redefinir el abuso sexual. Considera al cuerpo como un instrumento para actos sexuales bajo coacción, constituyendo lo que llamamos abuso sexual digital”.
Este precedente no solo condena a un reincidente, sino que establece una nueva vara para juzgar los delitos sexuales en la era de la hiperconectividad y la inteligencia artificial, protegiendo la integridad de los menores en el entorno virtual.
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