
La Corte Suprema de Justicia dejó firme este jueves la medida cautelar que obliga al Gobierno nacional a cumplir dos artículos de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, vinculados a la actualización salarial de docentes y no docentes y a la recomposición de becas y programas académicos para estudiantes. La decisión fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes rechazaron una apelación presentada por el Poder Ejecutivo.
La resolución se produjo en el marco de la causa impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) contra el decreto 759/25, mediante el cual el Gobierno había intentado suspender la aplicación de esos artículos de la norma sancionada por el Congreso. El fallo mantiene vigente la cautelar mientras continúa el proceso judicial y se define la cuestión de fondo.
El máximo tribunal explicó que rechazó el recurso presentado por el Ministerio de Capital Humano por una cuestión procesal. Según sostuvo, la apelación no estaba dirigida contra una sentencia definitiva, condición necesaria para habilitar la intervención de la Corte mediante un recurso extraordinario.
De esta manera, los jueces no se pronunciaron sobre el eje central de la controversia: si el Poder Ejecutivo tiene facultades para suspender mediante un decreto artículos de una ley aprobada por el Congreso. Esa discusión seguirá abierta y deberá resolverse en instancias posteriores.

La decisión judicial llegó pocas semanas después de que el Gobierno alcanzara un acuerdo con las universidades nacionales para transferir fondos destinados a mejorar el funcionamiento del sistema. El entendimiento contempló un incremento del 24,33% en los salarios, una suba del 20% en los gastos operativos y una ampliación de las partidas para hospitales universitarios hasta los 50.000 millones de pesos.
Desde el ámbito universitario habían señalado que esa propuesta elevaba el presupuesto destinado a educación superior del 0,5% al 0,6% del Producto Bruto Interno (PBI). Sin embargo, la Ley de Financiamiento Universitario establece un piso superior, equivalente al 0,75% del PBI.
La cautelar que ahora quedó ratificada había sido dictada previamente con el argumento de que el Congreso había insistido con la sanción de la ley pese al veto presidencial de Javier Milei. Según la interpretación judicial, el Ejecutivo buscaba evitar su aplicación apoyándose en una norma de jerarquía inferior.

La posición de la Casa Rosada sostiene que la ley solo puede ejecutarse una vez que se definan las fuentes específicas de financiamiento para cubrir las partidas previstas. No obstante, ese planteo fue rechazado por la Justicia en esta etapa del proceso.
Al fundamentar la medida cautelar, los magistrados consideraron que el incumplimiento de la norma podría generar perjuicios graves para el sistema universitario, especialmente por el deterioro de los salarios de docentes y trabajadores no docentes. También señalaron que esa situación podría afectar directamente el derecho a enseñar y aprender, protegido por la Constitución Nacional.
Además, el tribunal evaluó que el ahorro fiscal derivado de no aplicar la ley no representaba un impacto significativo dentro del presupuesto general de la Administración Pública Nacional.
Si bien la decisión no resuelve de manera definitiva la disputa por la Ley de Financiamiento Universitario, fortalece la posición de las universidades nacionales y les permite sostener judicialmente su reclamo por mayores recursos mientras la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal avanza hacia una sentencia sobre el fondo del conflicto.
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