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Economía

La Justicia falló contra la firma Guardati Torti: nuevamente suspendida para operar en la Bolsa

El fallo de la Cámara fue muy claro en cuánto a las responsabilidades de los directivos de G&T.Este miércoles se conoció un fallo judicial que vuelve a suspender a Guardati & Torti. Sus directivos están imputados por administración fraudulenta tras haber defolteado a sus comitentes en febrero de 2020. Pero la firma gozaba hasta aquí del beneficio de una resolución que les había permitido seguir en actividad. Ahora, por decisión de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, el permiso para G&T puede ser revocado por la Comisión Nacional de Valores.

En julio pasado, en una larga audiencia en el Centro de Justicia Penal con la acusación de los fiscales Sebastián Narvaja y Miguel Moreno, el juez Hernán Postma había definido que los directivos de G&T habían incurrido en “acciones delictivas graves”.

Lo que detectaron los funcionarios del MPA fueron maniobras del directorio de la empresa: primero usaron indebidamente el dinero que les habían confiado quienes tenían con ellos una cuenta comitente, cuando tras la caída de Vicentín pasaron fondos de la financiera suya a la corredora del mismo grupo. Los principales implicados son Juan Carlos Guardati y Ángel Torti.

Este año la situación se agravó para ambos empresarios, cuando ocultaron a la justicia varios convenios que habían firmado con damnificados de las estafas. Uno, con un empresario transportista al que le habían vaciaron 17 millones de dólares de su cuenta comitente.

Una cautelar de julio de 2021 había habilitado a G&T a volver al mercado de capitales, había sido firmada por el Juez en lo Civil y Comercial Ezequiel Zebale. Pero la Comisión Nacional de Valores apeló la decisión y hoy se conoció la respuesta: la resolución tuvo los votos de los doctores María de los Milagros Lotti y Gerardo Muñoz, que avanzaron revocando aquella cautelar y contó con la disidencia del doctor Oscar Puccinelli. Ahora, la CNV está habilitada para volver a suspender la operatoria de Guardati & Torti.

El principio de conservación de la empresa no puede eximir de responsabilidades para dejar sin efecto una sanción como la ordenada por la Comisión Nacional de Valores, órgano competente y especializado para entender en el asunto y evaluar la viabilidad del levantamiento de la suspensión”, plantearon los magistrados en un destacado de su fallo, que es muy completo jurídicamente y tiene 21 páginas.

La última carilla del fallo de la Cámara de Apelaciones.

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