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Reglamentaron la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de los supermercados

La Secretaría de Comercio Interior reglamentó la Ley de Góndolas para las tiendas virtuales de las grandes cadenas de supermercados, a través de la resolución 926/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

Esta nueva normativa establece que las páginas web de los supermercados, en primera instancia, deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida.

De esta manera, las y los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles.

Este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria.

La Ley de Góndolas regula la oferta de alimentos y bebidas. (Foto Carlos Luna)

Tanto la obligación de diferenciar los bienes de precio más bajo como los productos mipymes, es la misma respecto de la reglamentación de la Ley de Góndolas para los comercios físicos.

Además, se utilizará la misma señalética en las tiendas virtuales y en los salones de venta para facilitar la visualización por parte de los consumidores y consumidoras.

Los sujetos alcanzados tienen un plazo de 60 días corridos para adecuar sus locaciones virtuales a las obligaciones que dicta la presente medida.

La Ley de Góndolas regula la oferta de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza del hogar, y alcanza a todas las grandes cadenas de supermercados de todo el país.

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