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ARCA cambió las compras en el exterior: qué se puede traer

La nueva normativa permite envíos de hasta US$3.000 FOB, con un máximo de tres unidades iguales y hasta 50 kilos por paquete. El régimen también incorpora validaciones digitales y mantiene la modalidad puerta a puerta.

Entre las principales novedades se encuentra un límite de hasta US$3.000 de valor FOB por envío

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen para las compras personales realizadas en el exterior y estableció nuevas condiciones para los envíos internacionales mediante correo o servicios de courier.

Los cambios fueron establecidos a través de la Resolución General 5884/2026, publicada en el Boletín Oficial, que reemplaza la normativa vigente desde 2019 y actualiza las reglas para el ingreso de productos destinados al uso o consumo personal.

Entre las principales novedades se encuentra un límite de hasta US$3.000 de valor FOB por envío, la posibilidad de ingresar hasta tres unidades de una misma especie y un peso máximo de 50 kilos por paquete.

El régimen está destinado exclusivamente a compras de carácter personal. Los productos no pueden tener como finalidad la comercialización.

Qué se puede comprar y cuáles son los límites

De acuerdo con la nueva normativa de ARCA, los pequeños envíos podrán contener hasta tres unidades iguales de un mismo producto, siempre que el valor total de la operación no supere los US$3.000 FOB y el peso del paquete no exceda los 50 kilos.

Además, cada persona podrá utilizar este régimen hasta cinco veces por año calendario.

La modalidad contempla principalmente mercadería destinada al uso o consumo personal y permite que determinados productos sean recibidos directamente en el domicilio del comprador mediante el sistema puerta a puerta.

Cuando un envío no cumpla con alguno de los límites establecidos, el destinatario tendrá un plazo de 15 días corridos para elegir entre realizar la importación mediante el régimen general, con la correspondiente declaración y el pago de los tributos que correspondan, o solicitar que el paquete sea devuelto al país de origen.

Cómo funcionará el nuevo sistema puerta a puerta

La normativa mantiene y amplía la posibilidad de recibir determinados productos directamente en el domicilio, sin necesidad de realizar trámites presenciales ante organismos aduaneros, siempre que los envíos cumplan con los requisitos y superen los controles correspondientes.

La medida alcanza tanto a las compras realizadas a través de plataformas internacionales de comercio electrónico como a otros envíos postales provenientes del exterior.

Uno de los cambios centrales está relacionado con la incorporación de nuevas herramientas digitales destinadas a validar previamente la información de los paquetes.

Cuando la operación se realice mediante una plataforma de comercio electrónico internacional, el operador postal deberá presentar ante ARCA una declaración antes del arribo de la mercadería.

La información deberá incluir los datos requeridos por organismos internacionales como la Unión Postal Universal y la Organización Mundial de Aduanas, además de los datos del destinatario, entre ellos CUIT, CUIL o CDI.

En aquellos casos en los que la validación no se haya realizado durante la compra, el usuario tendrá un plazo de 24 horas para revisar, corregir o completar la información antes de que el operador postal pueda continuar con el procedimiento.

Medicamentos, muestras y otros productos

El nuevo régimen también contempla condiciones particulares para determinadas mercaderías que requieren controles específicos.

En el caso de los medicamentos destinados al uso personal o familiar, su ingreso estará sujeto a las autorizaciones correspondientes de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), cuando corresponda.

También se establecen reglas específicas para muestras comerciales, insumos científicos, productos destinados a ensayos de laboratorio y materiales vinculados con investigaciones científico-tecnológicas.

Para las muestras comerciales destinadas a exhibición, demostración o promoción, las personas jurídicas podrán utilizar el régimen simplificado con un límite general de 50 kilos y hasta US$3.000 FOB, siempre que no tengan como objetivo la venta directa.

En el caso de muestras de origen vegetal o animal, existen condiciones adicionales y se contempla un límite de hasta 10 kilos y US$500 FOB, además de la intervención del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).

Qué ocurre con las obras de arte

La resolución contempla un tratamiento especial para las obras de arte, que quedan exceptuadas de las restricciones generales de valor previstas para el resto de las operaciones.

El régimen alcanza importaciones, exportaciones y destinaciones temporarias, aunque en todos los casos será necesario presentar la documentación requerida y cumplir con las declaraciones correspondientes.

Un nuevo esquema para las compras en el exterior

Con estos cambios, ARCA busca actualizar el sistema de pequeños envíos y adaptar los controles aduaneros al crecimiento del comercio electrónico internacional.

La nueva normativa mantiene la modalidad puerta a puerta, pero incorpora límites claros para el valor, peso y cantidad de unidades y suma mecanismos de validación digital destinados a agilizar los procedimientos.

Para los consumidores que realizan compras personales en el exterior, el punto central será respetar las condiciones del régimen: un máximo de US$3.000 FOB por envío, hasta 50 kilos, tres unidades de una misma especie y un límite de cinco operaciones por persona al año.

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