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Casación destrabó la causa contra Bailaque y habilitó el avance hacia el juicio oral

La Cámara Federal de Casación Penal dejó sin efecto la suspensión dispuesta por el camarista Aníbal Pineda y cuestionó con dureza sus fundamentos

Bailaque está acusado en tres investigaciones por hechos que habría cometido durante su paso por la Justicia Federal de Rosario
Foto: Farid Dumat Kelzi

La Cámara Federal de Casación Penal dejó sin efecto la suspensión que había frenado el avance hacia el juicio oral contra el ex juez federal de Rosario Marcelo Bailaque. La decisión representa un fuerte revés para el criterio adoptado por el camarista Aníbal Pineda, quien había dispuesto detener el trámite hasta que la Corte Suprema definiera qué Código Procesal Penal corresponde aplicar al caso.

Bailaque está acusado en tres investigaciones por hechos que habría cometido durante su paso por la Justicia Federal de Rosario. Entre ellas se encuentra la causa por la presunta extorsión a dos agentes bursátiles, considerada la de mayor gravedad y en la que también está acusado el escribano Santiago Busaniche. Las otras investigaciones están vinculadas con el supuesto desvío de fondos inmovilizados hacia una mutual y con una presunta falta de medidas contra un narcotraficante.

El expediente por la presunta extorsión había quedado frenado en agosto. Pineda resolvió que, una vez superada la etapa previa al juicio, el trámite debía suspenderse hasta que la Corte Suprema resolviera una discusión planteada por la defensa: si correspondía aplicar el antiguo Código Procesal Penal de la Nación o el nuevo Código Procesal Penal Federal, que establece un sistema acusatorio y oral.

Qué dijo Casación sobre el freno

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Carlos Mahiques, Daniel Petrone y Gustavo Hornos, consideró que la decisión de Pineda no tenía respaldo suficiente en la legislación vigente y que no correspondía paralizar el proceso por esa discusión.

Uno de los puntos centrales del fallo es que, para los camaristas, no existe una discusión sobre quién debe juzgar a Bailaque, sino sobre qué régimen procesal debe utilizarse. Por eso, entendieron que no correspondía aplicar las reglas previstas para suspender un proceso ante un conflicto de competencia.

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En términos prácticos, Casación sostuvo que la cuestión sobre el Código que debe utilizarse puede continuar su trámite ante la Corte Suprema sin impedir que el expediente avance en las demás etapas.

El tribunal fue especialmente crítico con la resolución de Pineda. Petrone sostuvo que la suspensión había sido dispuesta “por fuera de toda previsión legal” y consideró que el pronunciamiento no constituía una derivación razonada del derecho aplicable. Para Casación, por esas razones, la decisión era “descalificable” como acto jurisdiccional válido.

Por qué Casación quiere que el proceso avance

Otro de los argumentos centrales del fallo está relacionado con el tiempo que puede insumir una causa de estas características.

Los jueces advirtieron que mantener paralizado el expediente podía generar fragmentación del juicio, repetición de actos y pruebas, decisiones contradictorias y mayores demoras. También señalaron que el paso del tiempo puede afectar la calidad de la prueba testimonial y documental.

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El planteo adquiere especial relevancia porque Bailaque permanece sometido a medidas restrictivas mientras avanzan las investigaciones. Para Casación, prolongar innecesariamente la inactividad del expediente entra en tensión con los principios de celeridad, simplicidad, desformalización y plazo razonable que caracterizan al nuevo sistema procesal federal.

Qué cambia a partir del fallo

El principal efecto de la resolución es concreto: la causa deja de estar paralizada y puede continuar hacia el juicio oral.

Esto no significa que Casación haya resuelto cuál de los dos códigos procesales debe aplicarse definitivamente. Esa discusión continúa pendiente ante la Corte Suprema. Lo que resolvió el tribunal penal es que esa cuestión no puede utilizarse como motivo para detener todo el trámite.

La próxima instancia relevante será la audiencia prevista para el 14 de octubre, en la que se analizará la prueba que llegará eventualmente al debate oral.

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Además, Casación mantuvo otras decisiones adoptadas durante la investigación, entre ellas aspectos vinculados con la conformación de un equipo conjunto de investigación, la incorporación de evidencia obtenida de un teléfono de Carlos Vaudagna y el acuerdo de colaboración de Fernando Whpei.

De esta manera, el fallo no define todavía la responsabilidad penal de Bailaque ni anticipa un resultado del futuro juicio. Lo que hace es destrabar el expediente y permitir que el proceso avance mientras la Corte Suprema resuelve la discusión sobre el régimen procesal aplicable.

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