
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada impulsado por el Gobierno nacional, aunque el oficialismo debió aceptar cambios durante el debate para reunir los votos necesarios. La iniciativa cosechó 124 votos a favor, 119 en contra y seis abstenciones, en una definición ajustada que dejó al descubierto las negociaciones parlamentarias.
El resultado se resolvió con la abstención de seis diputados de Córdoba, cuyos votos fueron determinantes para que La Libertad Avanza pudiera avanzar con el proyecto, que ya contaba con media sanción del Senado. Sin embargo, las modificaciones introducidas obligan ahora a que la iniciativa regrese a la Cámara alta, donde los senadores deberán resolver si aceptan el nuevo texto o insisten con la versión original.
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Los cambios en la ley de tierras
Uno de los principales puntos de negociación estuvo vinculado con la venta de tierras a extranjeros. Durante el tratamiento, el oficialismo dejó de lado la derogación de la ley de tierras sancionada en 2011, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, para preservar la vigencia del DNU 70/2023.
De esta manera, se reincorporó la normativa que limita la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros, cuya eliminación formaba parte de los objetivos del Gobierno. El cambio se suma a los recortes que ya había sufrido el proyecto durante su paso por el Senado, cuando se quitó el capítulo referido al uso de tierras afectadas por incendios.
La decisión modificó el alcance de la iniciativa original y abrió una nueva instancia legislativa. Cuando el proyecto vuelva al Senado, la Cámara deberá definir si convalida las modificaciones realizadas por Diputados o si mantiene el texto que había aprobado previamente.
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Qué cambia con la Inviolabilidad de la Propiedad Privada
El proyecto establece condiciones más exigentes para que el Estado pueda avanzar con una expropiación. Entre otros requisitos, determina que debe existir una declaración de utilidad pública y que la indemnización correspondiente debe pagarse antes de concretar la transferencia del bien.
Además, la compensación deberá calcularse tomando como referencia el valor de mercado e incorporar el eventual lucro cesante, es decir, las ganancias que el propietario dejaría de percibir como consecuencia de la expropiación.
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Los cuestionamientos a la iniciativa apuntan a las consecuencias que estas exigencias podrían tener sobre la obra pública. Sus críticos advierten que el mayor costo de las indemnizaciones y la obligación de reconocer el lucro cesante podrían dificultar la ejecución de proyectos de infraestructura que requieran incorporar terrenos privados.
Así, aunque Diputados dio luz verde a la iniciativa, su aprobación definitiva todavía depende de lo que resuelva el Senado sobre los cambios introducidos.
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